Deducciones en la liquidación de la Tasa judicial
Tramitamos la cumplimentación y liquidación de la Tasa Judicial cuando sea preceptiva, con aplicación del 10% de bonificación por la utilización en su presentación de medios telemáticos. También tramitamos la solicitud de devolución en aquellos casos en que la legislación lo permita por ejemplo: allanamiento total, acuerdo que ponga fin al proceso o reconocimiento total de las pretensiones del demandante en vía administrativa por parte de la administración demandada y acumulación de procesos.
¿Para qué sirven las tasas judiciales?
Las tasas judiciales fueron creadas por el ex ministro de Justicia, Alberto Ruiz Gallardón, para poder reducir el exceso de volumen de trabajo de la administración respecto a los medios Civil, Social y Contencioso, y de esta forma evitar que se llevasen a cabo dichos procesos sin ser estrictamente necesarios. Posteriormente se llevaron a cabo cambios en la ley, eliminando algunas de las tasas y modificando quién tenían obligación de pagarlas.
La cantidad a pagar de tasas judiciales va en función del tipo de proceso que se lleve a cabo y de su amplitud. Las tasas tienen una cantidad fija y otra variable.





